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Mostrando las entradas de marzo, 2025

a propósito de delitos electorales

     Son las acciones que ponen en peligro del proceso electoral , vulnerando la normativa que intenta garantizar la transparencia de este y atentan contra las características del voto , que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible, así como atentan contra la equidad en la contienda.      Considerando que por estas coordenadas geográficas el próximo domingo 09 de marzo, el país y cerca de 6 millones de ciudadanos habilitados para ejercer el sufragio en el marco de las elecciones primarias de tres partidos políticos, es oportuno, propicio y pertinente, escribir unas líneas de texto acerca de la normativa constitucional y del Código penal sobre la temática que procedo a comentar.      La Constitución de la República establece en el artículo 57 : “ que la acción penal por los delitos electorales es pública y prescribe a los 4 años ”. En el artículo 58 : “ define que la justicia ordinaria sin distinción de fuero...