del artículo 5 constitucional
A la fecha, día y hora de este comentario, por estas coordenadas todavía la Constitución de la República establece meridianamente que el Gobierno de la República debe (del deber ser versus el ser) sustentarse en los principios de ( 1 ) la soberanía popular, ( 2 ) la autodeterminación de los pueblos y ( 3 ) la democracia participativa y de éstos, se produce de la integración nacional, que en el mejor escenario-el ideal- implica declarativamente, no visto aún, que todos los sectores políticos participen en la administración pública y sus disfuncionalidades, además, en la búsqueda de la estabilidad política y en la paz social. La democracia del país se define como representativa y se establecen como mecanismos de participación ciudadana o democracia popular: ( A ) el referéndum, ( B ) el plebiscito y ( C ) la iniciativa de ley ciudadana. El referéndum (volver a preguntar) se debe convocar a los ciudadanos (como goce de su derecho constitucional que incluye a los 4-5 de cada 10 connacio