Lecciones de la democracia criolla que no debemos olvidar
En el tema del estado de derecho de estas coordenadas no termina de dar respuestas afirmativas a los “caminos torcidos” que transitamos desde hace 200 años y que se han degenerado de manera exponencial en el llamado retorno a la democracia de los años 80, hasta la fecha, día y hora de este comentario.
Con el tema de moda, por
su importancia para el país, la elección de la nueva corte suprema de justicia
deja elementos que no debemos permitir, que como otros tantos, pasen al baúl de
los recuerdos, entre éstos los siguientes:
1
Necesidad
de reformas constitucionales para cambiar el sistema bajo el cual el Poder
Judicial deje de ser conformado por una elección de segundo grado, por otro
poder del estado, como el legislativo
La elección de tan importante poder judicial debe en el futuro inmediato, integrarse por cociente electoral y residuos, como en su momento lo ha propuesto en un medio de comunicación, el consejo electoral del partido que gobierna.
Los fundamentos que
refuerzan este argumento pasan por una serie de apreciaciones que ha hecho un
sector de organizaciones pro-gobierno donde acertadamente han aceptado que el
modelo de la Junta Nominadora ha finalizado su ciclo de vida útil y que las “cacareadas”
audiencias públicas son solamente una parodia del actual y vigente pan de yema,
con forma, color, pero sin clara, sin yema y en síntesis sin huevos, convirtiéndose
en un placebo más de esos de siempre, que nos ocupan y preocupan.
En ese orden la anhelada idea
que los altos cargos en el estado sean conferidos a las personas que reúnan mayor
idoneidad y méritos, no ha pasado una vez más de mero “deseo”, cuando dos
personas de las mejores calificadas no han logrado ameritar el apoyo político
de 86 razones-votos para al menos figurar en un listado y ser al menos,
consideradas para elección y nombramiento el poder político por excelencia.
La propuesta de elegir a los integrantes del poder de la justicia mediante el voto de la población es una propuesta viable desde la vía legal y no necesariamente viable desde las decisiones políticas bicentenarias enquistadas en un trinomio políticos que se precia de ser nacional, liberal y libre que conciben al estado como un pastel que debe repartirse en tres porciones que salvaguarden las picardías, los abusos y todas y cada una de aquellas actividades que vayan renidas con ley, con la legalidad y les permita traficar con un sistema de justicia lábil e impune como ADN de las figuras que desgobiernan al país desde esas instituciones de derecho público para comenzar y que terminas sus “obra-das” cuando acceden al poder de la nación para desgobernarnos.
2
El
famoso espíritu del legislador y las falacias que se construyen desde esa
particular consideración que al ideologizarse, tergiversan el texto máximo
constitucional y lo reducen al término de “librito”, como lo denomino en su
momento un “cuasi pastor” de una secta, que cuando estuvo cerca del poder,
abuso hasta el grado de emigrar y nacionalizarse en un acto propio de la prestidigitación.
La constitución establece el mecanismo directo y el alterno que los legisladores deben seguir para elegir la corte suprema de justicia y también el artículo 242 establece que... "mientras las nuevas autoridades supremas elegidas toman posesión de sus respectivos cargo, deberán continuar interinamente en el desempeño de sus funciones los Diputados del Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y...", por lo tanto la ruptura del orden constitucional es una consigna que busca crear una incertidumbre que ya es común a nivel político como generador de inseguridad jurída como síntoma de una democracia criolla agenésica, lejos de enmendarse mientras los mismos partidos políticos sean “electos” en “elecciones democráticas y transparentes”.
Lo interesante y sintomático del asunto es que ni quienes desgobernaron por 12 años, ni los comparsas que los hicieron antes y menos los que lo hacen ahora, tienen un compromiso real y genuino con el país, casi equivalente al adagio aquel de que “el burro hablando de orejas” que al traducirse indica que en los dimes y diretes de porque no eligen la corte, lo único que ciertamente permanece son los intereses mezquinos partidarios-partidistas-sectarios que bicentenariamente han labrado y siguen labrando las honduras del territorio que habitamos.
Se presume que mañana lunes definirán el siguiente “intento”, sin realmente “intentar” y que lo único que no se negocia en estos tiempos oscuros nacionales, liberales y libres es la oportunidad de darle su característica propia a la Cofradía en su acepción más perniciosa como la junta de ladrones que pretende su versión propio de Alibaba y los 40 ladrones, en la versión bien contada de tal cuento, no en la tergiversada.
Queda para una siguiente lista de deseos que los altos cargos en el gobierno sean por méritos y por calificaciones que trasciendan el apoyo partidario, para esto, falta mucho y a lo mejor bastante porque el “modus operandi” y el “modus vivendi” solamente no han mutado y como en la economía, para la conformación de la nueva corte suprema de justicia se constata que se ha modificado solamente el partido que gobierna y lo demás queda “Ceteris paribus”, ¡nada cambia!, todo permanece igual
Al
cierre
"Para
crear se necesitan siglos y gigantes; para destruir, un enano y un segundo"
San Agustín
Denis
Fernando Gómez Rodríguez
12 de
febrero de 2023
Honduras
Centro América
En
amazon.com, disponible los dos e-books:
Pulso
de la Nación: de la democracia criolla ¿ficción o realidad?
Pulso
de la Nación: de la democracia electorera ¿ficción o realidad?
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