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Mostrando las entradas de julio, 2017

Los tránsfugas no tienen ideología

Tránsfuga es un término que se utiliza mayormente en política y califica a aquellas personas que electas en comicios, deciden abandonar o renunciar voluntariamente (en excepciones, expulsados) a los institutos políticos donde originalmente militaron y se adhieren a otros, de diferente ideología, si la tienen ¿…? o sencillamente de discursos “diferenciados”.  Con ciertas  excepciones que confirman la regla, conforman “bancadas independientes” ¿…? que finalmente, se constituyen en una forma velada de adhesión. Los tránsfugas no tienen ideología, se dan en todos los partidos políticos, en todo el orbe mundial y sin duda, no existe, tampoco existirá ninguna norma que evite esa “migración electoral” (aunque en ocasiones propias del folclore local y producto de la “ficción política”, se aspire a erradicarla por decreto o criminalizando a aquellas personas que en un futuro inmediato lo hagan efectivo, olvidando los promotores de tales "controles", que en un momento de la histo

De la ley de los "secretos"... ¿subterfugio?

El Congreso Nacional de la República en consideración al artículo 287 Constitucional, conformó en el 2011, el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad como el máximo órgano permanente, encargado de rectorar, diseñar y supervisar las políticas generales en materia de seguridad, defensa nacional e inteligencia, declarativamente sin perjuicio de lo prescrito en la leyes nacionales (como la de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública de 2006). El decreto legislativo establece que las actividades, informaciones y documentos de inteligencia, tendrán el carácter de clasificados y su contenido es: (1) reservado, (2) confidencial,  (3) secreto o (4) ultra secreto (como una nueva nomenclatura que se contraviene con la ya establecida en el año 2006). En adición, se considera que por ser elementos inherentes a la seguridad y defensa nacional y de acuerdo a la Ley de Inteligencia Nacional, la información clasificada, obtenida y manejada por el Sistema Nacional de Intel

De las actualizaciones de domicilio ¿estrategia de campaña?

La modalidad de lo que se conoce como voto domiciliario establecida en los artículos 58 al 60 de la ley electoral, consiste en permitir al/la ciudadano/a ejercer el sufragio en la mesa electoral receptora con mayor facilidad de acceso y proximidad geográfica a su domicilio. La actualización del domicilio es válida para las personas que residan en el domicilio o sean originarias del mismo, y lo soliciten de manera personal, en las oficinas del registro civil municipal. Lo contrario, constituye delito electoral, por ahora y desde el principio un placebo electoral, de los muchos que el sistema político electoral ha diseñado. Ningún funcionario del Registro Nacional de las Personas debe negar el trámite de la solicitud, salvo que la solicitud de cualquier ciudadano no llene los requisitos. La autorización de las solicitudes de cambio, son potestad del Tribunal Supremo Electoral y la fecha de finalización de las solicitudes será el 10 de agosto de 2017 (tres y medio meses antes del co

¡Lo firmado, firmado quedó!

La sentencia anterior del título, es el resumen del asomo que una “minoría” de socialdemócratas intentó discutir y “consensuar” fuera de tiempo (como el adagio, “después del trueno, Jesús, María), en su confesión privada-pública, del desconocimiento previo de la documentación presentada el 25 de junio, para cumplir con los requisitos que la Ley Electoral, requiere para la inscripción de la Alianza parcial. Al parecer la minoría socialdemócrata, (de la cual se desmarcó posteriormente su Presidente) no fue informada debidamente por su principal representante o como dice el rumor/comentario, aún ni él, estaba consciente de lo que efusivamente firmó y menos estaban enterados el reducto de golpistas que permanece en el socialdemócrata, como lo expreso una furibunda dirigente del partido mayoritario de nuevo cuño legal (en su fenotipo), pero con los mismos resabios convencionales e históricos que su genotipo  no le permite negar y olvidar (de la “genética electoral”). El asomo de i