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Mostrando las entradas de septiembre, 2020

¿"derechos de autor"?

Por acá, dos partidos políticos y la facción disidente a su autoridad central han reclamado e impuesto con su proceder legislativo sus “derechos de autor” ( como lo ha recientemente acuñado don Mario CH ) en la construcción de la nueva ley que regirá la administración del proceso electorales. Esa imposición se da porque fácilmente alcanzan 86 votos requeridos para la aprobación de la nueva normativa, construida a la medida de esas tres representaciones sin importar que la ley es de aplicación general y han excluido de todo intento de diálogo, las propuestas del resto de partidos representados en el Congreso Nacional. Esos negociadores de las mayorías legislativas no han tenido ninguna pena de aceptar que la conformación y la eventual aprobación de la ley pasa por las negociaciones políticas sectarias de estas tres representaciones, en detrimento del interés general como sin duda rezarán sus considerando, y su aplicación será de orden particular a solamente tres representacion

¿politizar la fe?

Para el teològo evangèlico René Padilla: “A partir de la crucifixión de Cristo ha quedado totalmente eliminada la posibilidad de una alianza incondicional entre la iglesia y el Estado, sea cual fuese su signo. “ Estamos llamados a cristianizar la política, pero jamás a politizar la fe; a morir por lo que amamos, pero jamás a matar por lo que creemos ”. Me defino como un hombre cristiano, evangélico, protestante, confeso y practicante. No soy ecuménico, pero respeto la confesión religiosa o no, de cada persona. Años atrás tuve la oportunidad de incursionar en política y mi servicio como servidor público duró ocho años y medio. En ese entonces, creía a pie de juntillas en aquella consigna en las iglesias evangélicas que había que evangelizar la política, sin meditar que en el intento estaba inmerso el riesgo de politizar el evangelio. En esos años de servicio público me permití establecer una “especie de taxonomía” que aplica al ámbito de acción, donde logré identific

del financiamiento a los partidos polìticos

Por estas coordenadas el Estado se encarga de financiar los gastos de los partidos políticos de acuerdo a lo consignado en el artículo 49 de la Constitución de la República. En ese entender la ley electoral vigente y pronta a desaparecer para dar parte a las dos nuevas leyes de administración y de justicia, por el orden, considera un capítulo acerca del patrimonio y régimen financiero. Como patrimonio se identifican ( 1 ) el financiamiento público (en consonancia al artículo constitucional), ( 2 ) la deuda política, ( 3 ) las contribuciones donaciones, herencias y legados a su favor y ( 4 ) cualquier otro tipo de ingreso lícito. El estado financia las elecciones primarias e internas de los partidos políticos que reúnen requisitos de competencia, Se les llama primarias porque los ciudadanos acuden en calidad de precandidatos y al agenciarse con el voto favorable y ganar se convierten en candidatos para participar en elecciones generales. Las elecciones internas consisten en la