del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos
La Constitución de la República en el artículo 59 , establece que la persona humana es el fin Supremo de sociedad y del Estado, donde todos tienen la obligación de respetarla. De igual, señala que la dignidad del ser humano es inviolable y para garantizar los derechos y las libertades se crea el Comisionado de Los Derechos Humanos y que dispondrá de una especial que regule su organización, prerrogativas, y atribuciones. El Congreso Nacional de 1995, aprobó la denominada ley orgánica del Comisionado Nacional de los Derecho Humanos, compuesta por 59 artículos. La elección de la persona que ejercerá como titular de la institución será por un período de seis (6) años, por mayoría de votos (mayoría simple o la mitad más uno / no ocupa mayoría calificada) pudiendo ser reelegido. Los requisitos que la ley orgánica establece son para su titular son: (1) el de ser hondureño por nacimiento; (2) el de estar en el pleno goce de sus derechos ciudadanos; (3) ser mayor de 30 años; (4) ser pro