del acuerdo... ¿y del desacuerdo?
Por estas coordenadas
geográficas tiempo después del último golpe de Estado al Ejecutivo perpetrado
en junio de 2009 (definido así por la Comisión de la Verdad y la
Reconciliación) fue necesaria con la presión y el acompañamiento de la Comunidad
Internacional, en su condición de “ortesis”, la firma del denominado “Acuerdo
en Cartagena de Indias” para la Reconciliación Nacional (en su primera parte,
porque al parecer y producto del colapso del sistema político electoral del
2017-18, será necesaria una segunda parte). Adicionalmente, se estableció la
pretensión que el mismo permitiese en su escenario ideal (¿menos probable? confirmado
por el tiempo) para la ansiada consolidación del sistema democrático como deuda
pública de Estado que no tiene ideología.
Entre otros detalles el
acuerdo reconoce la crisis política antes, durante y después del 28 de junio
que derivó la polarización de la sociedad nacional, aunada con la ejemplar sanción
de la Organización de Estados Americanos (que no dio el mismo trato a Paraguay)
destacando la urgente y perentoria demanda por la reconciliación de las partes
en conflicto, de la reparación (“sin “techo”) de los derechos plenos del ex gobernante
violentado y de sus seguidores, hombres y mujeres, garantizando la seguridad
personal del agraviado y sus parciales.
El documento reafirma
la garantía de la participación política del ahora Partido Libertad y Refundación
en condiciones de igualdad, una vez inscrito de acuerdo a la normativa interna
electoral ante el órgano constitucional que rige la materia.
El Gobierno de entonces
admite atender las denuncias de violación de derechos humanos, en coordinación con
las organizaciones nacional con el apoyo de la Oficina de la Alta Comisionada de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas para buscar soluciones a las mismas.
Entre los puntos del acuerdo, resaltar que el
Gobierno tomaría sus acciones y decisiones en el estricto cumplimiento de la
Constitución de la República y las leyes secundarias.
Así como, el
compromiso de garantizar al ex Gobernante, en su condición de agraviado, el
retorno a la patria con el goce pleno de sus derechos en condiciones de
libertad y seguridad, condición extensiva a sus seguidores “extrañados”
del suelo patrio ¿de manera voluntaria o involuntaria?
Anular- “renunciar” por acuerdo político, a los
procesos judiciales en contra en la Fiscalía General de la República y de la
Procuraduría General de la República (¿?)
Las
partes en conflicto acordaron ¿vehementemente? de manera especial y particular el
cumplimiento de la Constitución de la República (como placebo histórico que no
tiene ideología) en lo referente a las garantías de respeto y protección de los
derechos humanos y la reconfirmación para que la reforma del artículo 5 Constitucional
fuese efectiva en la regulación de la convocatoria de los mecanismos de
democracia directa (plebiscito y referendo, entre otros existentes, pero
ausentes de la normativa nacional) y se cumplan irrestrictamente las
disposiciones para tal efecto.
El acuerdo para la creación de
la Secretaria de Justicia y Derechos Humanos (“descreada” del 2014 al 2018 y “recreada”
a inicios de 2018) para fortalecer las capacidades de promoción y protección de
los derechos humanos en Honduras, entre otros aspectos.
Del
acuerdo, lo relacionado a que el nuevo partido político inscrito en el 2011, la
interpretación para que integrará los organismos oficiales de carácter político electoral en igualdad de condiciones (el oficialismo gobernante versus el interesado y violentado) ,
ha sido desde entonces el desacuerdo que mayor impacto negativo ha tenido en los procesos
electorales del 2012, 2013 y 2017, hasta constituirse en el catalizador del
colapso del sistema político electoral, por la denuncia sistemática y
sistematizada de no contar con un representante en condición de Magistrado que
vele por sus intereses “en igualdad de condiciones” (artículo 8 de la ley
electoral vigente y altamente erosionada) por lo que algunos célebres denominan
la “ambigüedad útil” ¿…?
A
la fecha, día y hora de este comentario, el país se ve abocado en una crisis
postelectoral que no da asomo alguno de voluntad política en resolverlo y con
la reciente determinación de trasladarlo al Congreso Nacional, crecen las
dudas, por el comportamiento histórico y reciente en el manejo de diálogos
monoaurales que instrumentalizados no han superado la etiqueta de placebo.
La
crisis política del 2009 (“construida” desde 1982), agravada en el 2018, requiere
una vez más (9 años después) que pensemos en la frase aquella de la necesidad
urgente de la reconciliación nacional (en su segunda parte) y en el placebo de
siempre de fortalecer y consolidar el Estado democrático ¿electorero?... agotado
y colapsado, por cierto.
Para reflexión final
Otto Von Bismark: "Nunca se miente tanto como antes de las elecciones, durante la guerra y después de la cacería"
Denis Fernando Gómez
Rodríguez
9
de marzo de 2018
En
“diapausa” ocupacional no consultada
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