“Di-m-putados”

En enero 2023, se prevé la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia que ejercerá como Poder del Estado durante los siguientes siete años en estas coordenadas geográficas.

De momento, la instancia denominada como Junta Nominadora desarrolla sus actividades de manera tal que las dudas de sus actividades se reduzcan a las mínimas dudas, contrario a lo que años atrás ha acontecido en el tema. La intención y el compromiso es cumplir a cabalidad con los indicadores que se han definido previamente para dejar atrás la discrecionalidad y la opacidad de antaño, sin pretender que en la opinión pública no aparezcan las inconformidades y descalificaciones de siempre, con la diferencia que tales argumentos, sean solamente eso, al no tener fundamentos sólidos y consistentes de los mismos.

Del total de personas que se han autopropuesto la Junta Nominadora, en el cumplimiento de sus funciones debidamente auditadas por connacionales o extranjeros, deberán presentar al Congreso Nacional un listado de al menos 45 personas, para que finalmente los legisladores en un acto de política y su degeneración “politiquera, como norma y no como excepción, elijan a las 15 personas que conformarán el poder del Estado.

Lo interesante del asunto, ya lo han manifestado los diferentes representantes de esas organizaciones de veeduría ciudadana, es cuando el tema llegue al poder legislativo, donde se reducirán ostensiblemente los mecanismos de monitoreo, seguimiento y “control” de la segunda fase de lo trabajado para llegar a la lista normada. Y el escenario que no debemos descartar es que todo asomo del principio de publicidad y demás, desaparezca por completo y se reproduzca la sentencia de la evaluación internacional de transparencia del Congreso anterior de “opaco y cerrado”.  

Una de las últimas sugerencias que han sido pública, consiste en que los “Di-M-putados”, definido este excéntrico término como aquellos que han sido mencionados en actos de corrupción y otros que adicionalmente, han sido “inhabilitados” y han impuesto antojadizamente las “inhabilitaciones” de sus sentencias sustentadas en la elección popular sin normas, se abstengan de participar en una elección de tal magnitud. La propuesta anterior, obedece al artículo 80 de la Constitución, pero difícilmente se verá su cumplimiento y por tanto, las personas señaladas y otras juzgadas será parte de tan “sui generis” elección, como norma, la misma que durante un bicentenario nos ha sumado en las honduras profundas labradas en la omisión perniciosa y la incontinencia del irrespeto a la ley, la moral de situación, entre otras disfuncionalidades propias de la “agenesia política” local.

No podemos negar que han existido cambios significativos en la temática el ámbito local y lo celebramos, como dicen los de la OEA, pero la tarea y el reto se deben continuar orientando para que vía educación política-democrática de la ciudadanía partidaria-partidista y no, logren vencer las preferencias de elección de los representantes de siempre y de los nuevos convalecientes con los síntomas del Síndrome de Estocolmo, cuya “mayoría calificada”  -porque excepciones aplican- al ostentar el poder que les confiere su elección, olvidan sus intenciones y buenos deseos iniciales y se dejan absorber por el medio, pierden su identidad y después se disipan como la neblina de la mañana o de la noche.

De donde existen tres hipótesis de "tutoría"-filtración de examen para el examen de conocimientos a los autopostulados, al final del discurso "ceteris paribus", nada cambia (!)

Al cierre:

Mi conciencia tiene para mí más peso que la opinión de todo el mundo”. Cicerón.

 

Denis Fernando Gómez Rodríguez

Honduras; Centro América

17 de noviembre

De cuando se cumplen eventos que ratifican y “sellan” las pérdidas.

 

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