¿Elecciones democráticas?
Para determinar si las
elecciones en un país, son democráticas o no, las organizaciones especializadas
en el tema de democracia alrededor del orbe, han desarrollado una serie de
indicadores de cumplimiento que deben observarse durante la fase (1) pre- (2) durante
y (3) post electoral
El cumplimiento de esos
indicadores, es en primera instancia una obligación del ente rector electoral,
de los partidos políticos en contienda y de los propios/as candidatos/as y
ojalá de los miembros de las mesas electorales receptoras, cuya
disfuncionalidad universal única, causa que el árbitro electoral, administre la
elección (el día D), de manera conjunta o compartida con los representantes,
hombre y mujeres, propuestos por los partidos políticos.
Entre otras particularidades,
se consideran elecciones democráticas, las que son inclusivas, donde los
ciudadanos/as están debidamente informados/as y capacitados/as para el
ejercicio del sufragio. Deben ser limpias-transparentes, con el respeto al
sufragio y el respectivo manejo fidedigno del mismo, en el conteo, registro,
tabulación y publicación.
De igual, deben ser libres,
respetando el derecho al sufragio libre, universal, directo y secreto y los
cargos públicos deben someterse periódicamente a las mismas en un ambiente
competitivo
A seis meses de las
elecciones generales, las reglas del juego electoral, deben estar claras y
todos “sujetos obligados”, en hacer cumplir la Ley Electoral, bajo los trece
principios enunciados en el artículo 2, se cumplan a satisfacción de todos los
partidos políticos, sus candidatos/as y se venzan entonces, las múltiples
teorías y denuncias del fraude que esgriman los escépticos del proceso que
crecen y se multiplican en proporciones numéricas ¿o geométricas?
En el tema de la observación electoral internacional, los indicadores internacionales son las unidades de medida que evaluarán las misiones de la OEA, la Unión Europea (si viene) y la UNIORE, que aglomera a los organismos electorales del Continente que
ocupamos.
En ese mismo ámbito, aquellas misiones de la cooperación
internacional que se apegan al instrumento de derecho electoral, que norma los
principios y también la conducta de quienes realizan esa actividad técnica que
debe ser imparcial y en el respeto a la Soberanía del País y del ente rector
electoral, que realiza los comicios y cuyas recomendaciones buscan mejorar y
fortalecer los procesos, sin olvidar por supuesto, que las mismas NO SON
VINCULANTES ¿…?
Los indicadores
internacionales son una máxima inquebrantable e innegociable, esperemos
entonces que en el cumplimiento del cronograma electoral, no se hagan los
omisos inveterados que contravienen el cumplimiento de los mismos y que cuando sucedan, las instancias de observación nacional, lo expongan públicamente, para que disipar cualquier opacidad y el proceso sea los más inocuo posible y de igual, con la mayor asepsia posible, sino por convicción plena ¿...?, por OBLIGACION ABSOLUTA.
¡El
incumplimiento/irrespeto de la ley, no tiene ideología; tampoco la corrupción y
la impunidad!
Denis Fernando Gómez Rodríguez
Julio
24 de 2016
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