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Mostrando las entradas de noviembre, 2016

De la Universidad Nacional de Agricultura, del Rector y del Presidente de la República

El centro educativo agrícola nacional de educación superior que hoy se conoce como “Universidad Nacional de Agricultura” (UNA), fue fundada en 1950, por el entonces Presidente de la República, Juan Manuel Gálvez, a iniciativa de un grupo de visionarios ciudadanos del Departamento de Olancho, liderados por el recordado Don Alberto Díaz Osorio (Q.E.P.D.), Don Vicente Alemán, entre otras personalidades de la época. Su primer nombre fue el de “Escuela Granja Demostrativa” e inicio sus servicios académicos en el mes de mayo de 1952, con el apoyo financiero del Servicio Cooperativo Interamericano de Educación (SCIDE) por intermedio del STICA, del Proyecto Cooperativo de la Secretaría de Agricultura, bajo la dirección del Ingeniero Benjamín Membreño Marín. Hasta 1967, formó 434 profesionales con el título de Peritos Agrícolas. En 1968, pasó a llamarse “Escuela Nacional de Agricultura” (ENA) bajo la administración del Ministerio de Educación Pública, elevando su nivel académico al de Bac

De la Misión de observación electoral de la Unión Europea y sus recomendaciones

La Unión Europea participó, por primera vez en las elecciones generales del 2013, con una misión de observación electoral de largo plazo. La misma se conformó con técnicos expertos en diferentes campos que presenciaron cada una de las etapas preelectoral, electoral y postelectoral. Como resultado de estancia y trabajo en el país, plasmó en su informe final, una serie de recomendaciones para que los poderes del Estado, las autoridades electorales, los partidos políticos y las diferentes organizaciones de sociedad civil, realizarán cambios en el sistema electoral hondureño con el propósito de fortalecer el proceso comicial, en respuesta a las debilidades y amenazas restringentes del mismo. En la administración electoral , las recomendaciones para fortalecer la confianza de los partidos políticos y de la opinión pública en general hacia la administración electoral, marca la necesaria despolitización del Tribunal Supremo Electoral. Lo anterior, implica un cambio del patrón

De las elecciones primarias y del voto domiciliario

De acuerdo al cronograma electoral del Tribunal Supremo Electoral, las solicitudes de actualización domiciliaria con fines electorales, terminan el 26 de noviembre (tres y medio meses antes de las elecciones primarias, en este caso). La modalidad de voto domiciliario (artículos 58 al 60 de la ley electoral), consiste en permitir al/la ciudadano/a ejercer el sufragio en la mesa electoral receptora con mayor facilidad de acceso y proximidad geográfica a su domicilio. La actualización del domicilio es válida para las personas que residan en el domicilio o sean originarias del mismo, y solicitado de manera personal, en las oficinas del registro civil municipal. Lo contrario, constituye delito electoral. Ningún funcionario del Registro Nacional de las Personas debe negar el trámite de la solicitud, salvo que no llene los requisitos y tampoco, se les permite a los mismos, efectuar cambios de oficio. La autorización de las solicitudes de cambio, son potestad del Tribunal Supremo Ele

Para no olvidar: del compromiso de garantías mínimas del 2013

En noviembre del 2013, la oficina nacional de las Naciones Unidas, auspicio un acto denominado firma de compromiso de garantías mínimas para la ética y la transparencia en las elecciones generales, que concito la voluntad de las autoridades del Tribunal Supremo Electoral, del Registro Nacional de las Personas, los candidatos y la candidata a la Presidencia de la República. El compromiso de garantías mínimas… firmado por los actores y la actriz del momento electoral, consiste de siete apartados resumidos a continuación: En las etapas preelectoral y electoral (cumplidos en menor o mayor grados) , a nivel de los partidos políticos, se comprometieron a respetar la Constitución de la República, la Ley electoral y de las organizaciones políticas, en el marco de los principios que rigen el sistema electoral (artículo 2), para fortalecer el proceso y por ende el sistema democrático. De igual, se comprometieron a tener una campaña de altura, de respeto, entre otros; evitando el uso de

De donde no todo se debe, pero todo se puede

Por este territorio, se ha diseñado desde siempre existe un sistema de leyes que conforman el estado de derecho, construido de manera tal, que lamentablemente no han dado los resultados esperados, porque las élites políticas (centenarias y más allá y las ahora “clonadas” y autodenominadas “nuevas” (aunque son vino viejo, en odre nuevo), se han encargado y se encargan de repartirse las instituciones que deben vigilar el cumplimiento de las mismas, nombrando casi siempre, adláteres, cuya principal exigencia y función es cubrir cualquier acto delincuencial, con la omisión histórica del cumplimiento de la ley como modelo de gestión pública. De todos los sectores poblacionales que ocupan este territorio, es sabido que aunque políticamente, no todo se debe, todo se puede. El país tiene una lucha permanente entre la legalidad y la ilegalidad, de manera que cuando ésta última no logra imponerse, se opta por la “cuasilegalidad”, en momentos con procedimientos burdos y en otros, con proced

De la lucha contra la corrupción, la impunidad… y “Fábula”

De la historia de corrupción e impunidad en esta latitud y altitud, se ha escrito desde siempre. En el desarrollo del Siglo XXI, que nos ocupa, la misma se ha desarrollado de manera “metástica”, como el cáncer social-económico-político que ha penetrado a plenitud las instancias del Estado y que ciertas acciones que ya no se pueden “tapar” con un dedo (como el adagio del sol), gracias a las tecnologías de información y comunicación han ocasionado movimientos de protesta ciudadana importantes, tanto allá (lejano Oriente y Guatemala), como acá.                                                                                                Por acá, los gobiernos, independientemente de la ideología que presuman, se han encargando de profundizar las brechas entre los actos de corrupción que han tutelado y el “autoinducido” letargo o adormecimiento de las instituciones públicas que han creado, para combatir y perseguir la corrupción; todas, “simulaciones ideológicas” del Estado de Dere

De los indicadores internacionales de elecciones democráticas y las candidaturas de “consenso” en elecciones primarias

Para la evaluación de las elecciones, si son democráticas o no, las organizaciones especializadas alrededor del orbe, han desarrollado una serie de indicadores de cumplimiento que los países deben seguir al momento de realizar elecciones. El cumplimiento de los mismos, debe ser en primera instancia una obligación nacional, del ente rector electoral y en segunda instancia de los partidos políticos y sus representantes en el Congreso Nacional, donde se definen las leyes, se interpretan, cambian o se derogan. Lo anterior, con el objetivo que el cumplimiento de tal actividad no restrinja ningún derecho de quienes participan. A nivel mundial, se consideran elecciones democráticas, las que son inclusivas, donde los ciudadanos/as están debidamente informados/as y capacitados/as para el ejercicio del sufragio. Las elecciones deben ser limpias/transparentes, donde los sufragios deben respetarse y registrarse de manera adecuada y fidedigna. De igual, deben ser libres, respetando el

De la ley electoral, de las elecciones internas, del partido anticorrupción y del Tribunal Supremo Electoral

La ley electoral vigente, en sus artículos 106 al 112, define los siguientes aspectos: Los partidos políticos legalmente inscritos, en observancia de la ley deben realizar procesos electorales internos para elegir a sus autoridades, bajo los criterios propios en relación a los sistemas o mecanismos de elección, consignados en sus  estatutos y reglamentos. El llamamiento a sus afiliados/as por parte de las autoridades partidarias a las mismas, debe realizarse seis meses antes de su celebración de las mismas, con el objetivo de que se inscriban los movimientos internos, de existir, que participarán en la lección de las autoridades. La inscripción de los movimientos internos ante las autoridades de los partidos políticos, debe realizarse a más tardar cuatro meses (4) antes de la fecha de la lección y deben presentarse en más de la mitad de los Departamentos y de los municipios, las nóminas de candidatos a cargos de autoridad a nivel nacional, departamental y municipal, como e