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¿ley de justicia electoral?

Tiempo atrás el Congreso Nacional anterior al actual proclamó con bombas y platillo que se gestaba la mayor transformación del alicaído sistema electoral con el propósito de modernizarlo. Lo cierto del asunto es que más que verdaderas reformas que fuesen creíbles para ser estables y fuesen estables para ser creíbles, fue como el adagio “más hojas que nacatamal”. En el tema de la justicia constitucional, a la fecha, día y hora de este comentario no cuenta con la respectiva ley y constituye por lo tanto, una de esas comunes disfuncionalidades de las instituciones que se crean sin marco regulatorio que aplicar. En ese fallido intento que pasa por la “pelea” para decidir si el tema electoral se convierte en un asunto de derecho electoral o sigue siendo motivo de intervención por una rama ajena que hasta hoy, provoca a la saciedad más inestabilidad jurídica que certeza de que lo electoral no se judicialice fuera de la competencia que eventualmente se puede aprobar y como reto, respetar....

“titanes en el ring"

Por estas coordenadas geográficas donde habito se transmitió en mis tiempos de infancia por la televisión de entonces, un programa de entretenimiento y de simulación de lucha libre, que dista longitudes de la que se ahora se transmite desde la televisión Norteamérica. El programa de televisión se llamó “ titanes en el ring ” y se transmitía a las 5 de la tarde, hora local, de lunes a viernes y sin duda, contaba con un amplio “rating”-audiencia por su peculiar lucha entre personajes que representaban a los rudos y fuertes contra los personajes que eran llamados técnicos y no eran rudos. En fin, los enormes y gratos recuerdos de tal programa me motivan para hacer una acepción de aplicación libre (como las traducciones del idioma inglés) al campo de la práctica política criolla que omite deliberadamente que la política es una ciencia y la mayoría de sus “practicantes”  que la política es una ciencia y la mayoría de sus “practicantes” representan la perfecta antítesis de los intentos...

Semana Santa

  Por estas coordenadas geográficas corresponde a la fecha la celebración de la denominada semana santa, que recuerda la entrada triunfal de Jesucristo a Jerusalén, Su arresto, condena, crucifixión y por supuesto su resurrección como base inquebrantable de la fe judeocristiana. La historia se divide en el Antes de Cristo y el Después de Cristo independientemente de las creencias o no, este evento histórico que no se puede negar. La semana en mención inicia recordando el cumplimiento de la entrada del Mesías profetizado por Profetas como Isaías y llama la atención que la población en ese sitio reconoció en un apoteósico recibimiento a tan importante personaje como el bendito el que viene en el nombre del Señor. Esa misma multitud efervescente unos días después estaba condenándolo a morir en la cruz, prefiriéndolo ante un personaje delincuencial de ese momento. Lo anterior como un acto manifiesto de inconstancia que es común en el comportamiento de las personas de ayer, pero tamb...

¿Ley de partidos políticos?

La agrupación de organismos civiles agrupadas en la denominada Red para la Equidad Democrática ha recomendado en su informe de observación nacional del 2021, el establecimiento de una ley de partidos políticos que norme en primera instancia los institutos de derecho público por obligación, sino por convicción, para ser lo más democráticos posible y subsane los vacíos que la nueva ley electoral no alcanza por definición a regular. En el caso de la aplicación del “benchmarking electoral”, El Salvador para citar un vecino próximo e inmediato cuenta con una ley de partidos políticos y eventualmente puede ser revisada dentro de las experiencias exitosas o “benchmarking electoral” para su contextualización a la realidad nuestra. En esencia una nueva propuesta de una eventual ley de partidos políticos debe considerar entre otros elementos los siguiente: 1 Definir la naturaleza constitucional y las funciones de los partidos políticos dentro de un sistema libre y democrático en su aporte a la v...

2x1

  En los comercios esta expresión, en principio matemática, significa la oferta de una eventual y posible “ganga”, que en la mayoría de las ocasiones resulta “publicidad engañosa” en el “modus operandi” de los negocios, donde el segundo producto está vencido-obsoleto o cerca, muy cerca de la obsolecencia. Tal expresión tiene su aplicación como acepción en el campo político, donde obviamente ese tipo de ofertas están “ocultas” aunque son palpables por sus asomos y son talvez, “imperceptibles” por omisión, considerando los hartazgos de ese momento histórico que originan esas coyunturas que “aceptan” cambios, aunque sean solamente cosméticos porque las incapacidades de gestión son mayores y los intereses familiares colman las oportunidades que la condición ejecutiva les “permite” y que desde un bicentenario se convierte en una disfuncionalidad de carácter nacional, muy liberal y también libre. A la fecha, día y hora de este comentario la expresión del 2x1 no deja margen de duda, e...

de la automatización laboral

La llegada disruptiva de la denominada cuarta revolución de la industria representada entre otras condiciones por el “big data” la robótica, “internet of things” (IOT), la tecnología cognitiva y el “blockchain” como avances y cambios tecnológicos despiertan las alarmas acerca del futuro inmediato de la oferta y demanda de empleo. Esas alarmas se reflejan ante la aparición de la automatización que gana terreno en algunos puestos o cargos de trabajo que no requieren de lo que los especialistas en dirección de gestión del talento humano identifican como competencias “soft skills” que son muy inherentes y por tanto propias a que las posean las personas. Ante este reto que nos plantean en uso de datos para la toma de decisiones gerenciales, la automatización que genera los avances propios de la robótica, las facilidades del denominado internet de las cosas, en su traducción, la programación neurolingüística y la promisoria robustez e inalterabilidad de los datos en bloques, las empresas, ...

del artículo 5 constitucional

A la fecha, día y hora de este comentario, por estas coordenadas todavía la Constitución de la República establece meridianamente que el Gobierno de la República debe (del deber ser versus el ser) sustentarse en los principios de ( 1 ) la soberanía popular, ( 2 ) la autodeterminación de los pueblos y ( 3 ) la democracia participativa y de éstos, se produce de la integración nacional, que en el mejor escenario-el ideal- implica declarativamente, no visto aún, que todos los sectores políticos participen en la administración pública y sus disfuncionalidades, además, en la búsqueda de la estabilidad política y en la paz social. La democracia del país se define como representativa y se establecen como mecanismos de  participación ciudadana o democracia popular: ( A ) el referéndum, ( B ) el plebiscito y ( C ) la iniciativa de ley ciudadana. El referéndum (volver a preguntar) se debe convocar a los ciudadanos (como goce de su derecho constitucional que incluye a los 4-5 de cada 10 conn...

del índice de democracia 2022

  El diario británico The Economist ha presentado los resultados su investigación sobre la democracia a nivel mundial correspondientes al año 2022. El informe por su nombre en inglés “Democracy Index 2022” agrupa a los 177 países evaluados, en cuatro grandes grupos: El primero corresponde a la democracia plena donde se agrupan 24 y representan el 14.4 %. En nuestro Continente podemos listas a Canadá, Chile y Costa Rica El segundo grupo corresponde a la democracia imperfecta -débil, donde se sitúan 48 países, que representan el 28.7 % de la totalidad de evaluados y para citar un ejemplo del Continente, donde encontramos a los Estados Unidos de Norteamérica.   En el tercer grupo aglutina a los países con régimen híbrido (entre democracia imperfecta-frágiles y régimen autoritario), donde se encuentran 36 que representan el 21.6 % , se encuentra Honduras, entre otros.   Y el cuarto grupo denominado de régimen autoritario donde se encuentran 59 países que representa...

Lecciones de la democracia criolla que no debemos olvidar

En el tema del estado de derecho de estas coordenadas no termina de dar respuestas afirmativas a los “caminos torcidos” que transitamos desde hace 200 años y que se han degenerado de manera exponencial en el llamado retorno a la democracia de los años 80, hasta la fecha, día y hora de este comentario. Con el tema de moda, por su importancia para el país, la elección de la nueva corte suprema de justicia deja elementos que no debemos permitir, que como otros tantos, pasen al baúl de los recuerdos, entre éstos los siguientes: 1 Necesidad de reformas constitucionales para cambiar el sistema bajo el cual el Poder Judicial deje de ser conformado por una elección de segundo grado, por otro poder del estado, como el legislativo La elección de tan importante poder judicial debe en el futuro inmediato, integrarse por cociente electoral y residuos, como en su momento lo ha propuesto en un medio de comunicación, el consejo electoral del partido que gobierna. Los fundamentos que refuerza...