De los Custodios electorales
De los custodios
electorales
La figura de los custodios electorales tiene su fundamento
legal en el artículo 226 (doscientos veintiseis) de la Ley Electoral y de
las Organizaciones Políticas cuyo título es transporte, vigilancia y custodia,
donde que manda: “El Tribunal Supremo Electoral, será el responsable de la
custodia, transporte y vigilancia del material electoral…
El Tribunal Supremo Electoral para los efectos del párrafo anterior nombrará custodios electorales, debidamente acreditados, con instrucciones específicas y bajo cuya dirección estará el personal de las Fuerzas Armadas…”
En
las elecciones generales del 2009, se realizó un proyecto piloto, donde los
custodios electorales fueron profesionales del Derecho, distribuidos en
tercios, entre los tres partidos político adheridos al “pacto de gobernabilidad”,
todavía vigente, pese al cambio de la conformación del mapa político-electoral,
después de las elecciones generales del 2013.
En
las elecciones primarias del 2012 y las generales del 2013, el programa de
custodios electorales se le delegó (en algunos extremos, cediendo “soberanía
electoral”) a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, como principal
aportante de estudiantes y en segunda instancia, a Universidades privadas.
La principal función de los custodios electorales, es la del cuidado de los documentos electorales y los votos, son las personas que coordinan la movilización de los militares, desde las bodegas electorales, hasta los centros de votación. Este nuevo rol, busca que los efectivos militares se limiten al apoyo logístico y con esa acción, las oportunidades de vincular a los efectivos armados con denuncias de fraude de elecciones anteriores, se reduzcan. Lo anterior, no ha sido, ni será una tarea fácil, por la costumbre inveterada en las Fuerzas Armadas, amparada en la disfuncionalidad electoral y democrática del artículo 272 Constitucional.
Los
custodios electorales son entonces, las personas acreditadas por el Tribunal
Supremo Electoral (no son bajo ningún punto, autoridad electoral), que apoyan
en la logística previa, durante y después del proceso electoral.
En
la semana que termina, el Tribunal Supremo Electoral TSE ha firmado un nuevo
Convenio, con la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, “CONVENIO DE COOPERACION AL PROCESO DE
ELECCIONES PRIMARIAS Y GENERALES DEL 2017” cuyo objetivo es fortalecer el proceso
democrático hondureño promoviendo y garantizando el cumplimiento de los
derechos políticos de los ciudadanos y ciudadanas, en una relación de
cooperación y acompañamiento.
En este Convenio, la Universidad Nacional, como instancia autónoma de carácter académica, acompañará los procesos electorales del 2017, en la selección y coordinación general del proceso de reclutamiento de aproximadamente 13 mil estudiantes que participaran en su condición de Custodios Electorales/operadores técnicos en los centros de votación a nivel nacional.
Para
el cumplimiento de esa meta de colaboración, el ente rector electoral, brindará
cooperación técnica y logística para el desarrollo de las actividades
relacionadas directamente con el convenio y proveerá la capacitación requerida.
Con
la firma de este acuerdo, el Alma Mater, cumple con
los procesos de vinculación y el Tribunal Supremo Electoral, busca el apoyo
desde la academia, para alcanzar los indicadores de transparencia requeridos y
que la población en general tenga credibilidad en el manejo del proceso
electoral y en el respeto a la decisión de la mayorías, expresadas en la votación.
Las
consideraciones van orientadas a que en la iniciativa de buscar el
acompañamiento de la academia, el Tribunal Supremo Electoral, no ceda la “soberanía
electoral” y ejerza los monitoreos y controles correspondientes para que las
autoridades universitarias mantengan la “asepsia política”, con requisitos
estrictos de “membresía educativa”, con procesos públicos y cumpliendo a
cabalidad los requisitos para blindar o
proteger la interesante inicitiva, de la cooptación del gobierno, del partido
gobernante (como existieron indicios y denuncias en el 2013) o de los partidos
de oposición.
Sin
duda, que el programa de “Custodios electorales” merece el beneficio de la duda
y el apoyo de la ciudadanía en general, para que sea TRANSPARENTE e INOCUO y
por supuesto, merecerá la veeduría social de las organizaciones civiles a
través de un observatorio de elecciones o como plataforma de sociedad civil, como
están negociando con la cooperación internacional.
No
hacer ninguna acción complementaria de auditoría social (nacional e
internacional), será una opción que propicie un “clima adecuado” para que la
discrecionalidad y la omisión persista como modelo de gestión pública.
Como
dice don Justo, el entrenador del equipo “juego limpio” de la campaña de
valores democráticos del TSE en el 2012: ¡Con valores democráticos todos/as
ganamos”!
Denis
Fernando Gómez Rodríguez
15
de octubre de 2017
Comentarios
Publicar un comentario