De la Carta Democrática Interamericana

De la Carta Democrática Interamericana
En la carta democrática Interamericana (y sus 28 artículos), los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), reconocen que la democracia es un derecho de los pueblos y los gobiernos tienen la obligación de promoverla y defenderla, porque es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas.

De igual, es indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, promover y consolidar la misma, dentro del respeto del principio de no intervención.

Define que el carácter participativo de la democracia contribuye a la consolidación de los valores democráticos, de la libertad, de la solidaridad y de la cooperación de los Estados, aunados al crecimiento económico y desarrollo social, basados en justicia y la equidad.

Considera que el ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho y se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional. Son elementos esenciales, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción y el respeto al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.

La transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa, son componentes esenciales del ejercicio democrático.

Para el ejercicio de la democracia, se considera vital y prioritario, el fortalecimiento de los partidos y de otras organizaciones políticas. Sin dejar de prestar atención especial a la problemática de los altos costos de las campañas electorales y al establecimiento de un régimen equilibrado y transparente de financiación de sus actividades.

Para fortalecer la democracia, se requiere promover y fomentar la participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo, como derecho y responsabilidad, con la práctica de las libertades fundamentales y los derechos humanos, en su carácter universal, indivisible e interdependiente, consagrados en las respectivas constituciones de los Estados firmantes de la Carta y por lo cual, se comprometen en fortalecer el sistema interamericano de protección de los derechos humanos.  Cualquier violación de los derechos humanos, faculta a los ciudadanos/as, interponer denuncias o peticiones ante el mismo.

Los Estados, se comprometen a eliminar la discriminación, de género, étnica y racial, y de las diversas formas de intolerancia, así como la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y los migrantes, el respeto a la diversidad étnica, cultural y religiosa en las Américas, contribuyen al fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana.

Se declara que la democracia se fortalece con el mejoramiento de las condiciones laborales y la calidad de vida de los trabajadores del Hemisferio, por lo tanto, se requier el ejercicio pleno y eficaz de los derechos de los trabajadores y la aplicación de normas laborales básicas, tal como están consagradas en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento, adoptada en 1998 y otras convenciones básicas y afines.

De igual, la democracia y el desarrollo económico y social son interdependientes
y se refuerzan mutuamente. La pobreza, el analfabetismo y los bajos niveles de desarrollo humano son factores que inciden negativamente en la consolidación de la democracia. Por lo tanto, los Estados firmantes, se comprometen a adoptar y ejecutar todas las acciones necesarias para la creación de empleo productivo, la reducción de la pobreza y la erradicación de la pobreza extrema, teniendo en cuenta las diferentes realidades y condiciones económicas de los países del Hemisferio.

Se establece el compromiso común frente a los problemas del desarrollo y la pobreza, destaca la importancia de mantener los equilibrios macroeconómicos y el imperativo de fortalecer la cohesión social y la democracia. La promoción y observancia de los derechos económicos, sociales y culturales son consustanciales al desarrollo integral, al crecimiento económico con equidad y a la consolidación de la democracia.

Los Estados firmantes, acuerdan examinar periódicamente las acciones adoptadas y ejecutadas para fomentar el diálogo, la cooperación para el desarrollo integral, el combate a la pobreza. Así como, el ejercicio de la democracia debe facilitar la preservación y el manejo adecuado del medio ambiente, por lo cual, los Estados firmantes deben ejecutar políticas y estratégicas de protección del medio ambiente, respetando los diversos tratados y convenciones, para lograr un desarrollo sostenible en beneficio de las futuras generaciones.

La Carta, establece que la educación es clave para fortalecer las instituciones democráticas, se debe promover el desarrollo del potencial humano, el alivio de la pobreza y fomentar un mayor entendimiento entre los pueblos. Es esencial que una educación de calidad esté al alcance de todos/as con pluralidad e inclusión de los habitantes de las zonas rurales y las personas que pertenecen a las minorías.

 En el tema del fortalecimiento y la preservación de la institucionalidad democrática, los gobiernos firmantes que consideren que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática.

Cuando se constaten  situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación y de ser necesario, podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.

 La ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el mismo, constituye, mientras persista, un obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las conferencias especializadas, de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos.  El Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.

Cuando la Asamblea General, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático y las gestiones diplomáticas sean infructuosas, suspenderá  de inmediato, con el voto afirmativo de los dos tercios de la Asamblea, al Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA.

El Estado suspendido deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos. Las gestiones diplomáticas seguirán vigentes con el fin de restabler la democracia.

Cuando se supere el motivo de la suspensión, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá proponer a la Asamblea General el levantamiento de la suspensión. Esta decisión requiere el voto de los dos tercios de los Estados Miembros.

Para efectos de fortalecer la democracia, los Estados Miembros son responsables de organizar, llevar a cabo y garantizar procesos electorales libres y justos. En el ejercicio de su soberanía, podrán solicitar a la OEA asesoramiento o asistencia para el fortalecimiento y desarrollo de sus instituciones y procesos electorales, incluido el envío de misiones preliminares para ese propósito.

Las misiones de observación electoral se llevarán a cabo por solicitud del Estado Miembro interesado. Con tal finalidad, el Gobierno de dicho Estado y el Secretario General celebrarán un convenio que determine el alcance y la cobertura de la misión de observación electoral de que se trate. El Estado Miembro deberá garantizar las condiciones de seguridad, libre acceso a la información y amplia cooperación con la misión de observación electoral.

Las misiones de observación electoral se realizarán de conformidad con los principios y normas de la OEA. La Organización deberá asegurar la eficacia e independencia de estas misiones, para lo cual se las dotará de los recursos necesarios. Las mismas, se realizarán de forma objetiva, imparcial y transparente, y con la capacidad técnica apropiada. Las misiones deberán informar al Consejo Permanente, a través de la Secretaría General, si no existiesen las condiciones necesarias para la realización de elecciones libres y justas, para lo cual, la OEA podrá enviar, con el acuerdo del Estado interesado, misiones especiales a fin de contribuir a crear o mejorar dichas condiciones.

Finalizadas las misiones, presentarán oportunamente al Consejo Permanente, a través de la Secretaría General, los informes sobre sus actividades.

En el tema de la promoción de la cultura democrática, la Carta Democrática Interamericana, establece que la Organización de Estados Americanos (OEA),  continuará desarrollando programas y actividades dirigidos a promover los principios y prácticas democráticas y a fortalecer la cultura democrática en el Hemisferio, considerando que la democracia es un sistema de vida fundado en la libertad y el mejoramiento económico, social y cultural de los pueblos, tomando en cuenta los aportes de organizaciones de la sociedad civil que trabajen en esos ámbitos.

Se establece, que los programas y actividades se dirigirán a promover la gobernabilidad, la buena gestión, los valores democráticos y el fortalecimiento de la institucionalidad política y de las organizaciones de la sociedad civil. Se prestará atención especial al desarrollo de programas y actividades para la educación de la niñez y la juventud como forma de asegurar la permanencia de los valores democráticos, incluidas la libertad y la justicia social.

Finalmente, los Estados, promoverán la plena e igualitaria participación de la mujer en las estructuras políticas de sus respectivos países como elemento fundamental para la promoción y ejercicio de la cultura democrática.

Denis Fernando Gómez Rodríguez
Septiembre 9, de 2016



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